En una audiencia que se llevó adelante esta tarde en el Centro de Justicia Penal se definió la situación procesal de Priscila Denoya, una de las tres personas condenadas en segunda instancia a prisión perpetua por el crimen de su ex pareja, el personal trainer Marcos Guenchul, perpetrado en julio de 2019 a la salida de un gimnasio de Sucre y Mendoza.
"En el interín hasta que llegue el dispositivo electrónico (NdR: tobillera) estará alojada en alguna dependencia. Por lo pronto quedó en la Comisaría 2ª", indicó Fausto Yrure, abogado defensor de Denoya. A la hora de justificar la prisión preventiva domiciliaria reciba por su asistida, el letrado aseguró: "Primaron los derechos de los niños".
Es que Priscila Denoya es madre de tres hijas, dos de ellas menores de 5 años. La mayor de las niñas es fruto de su relación con Guenchul, por cuyo crimen hay otras dos personas con condenas de prisión perpetua: Santiago Caio Soso -quien era la pareja de Denoya al momento del homicidio- y Maximiliano Panero.
Este miércoles la causa tuvo un giro brusco, ya que en primera instancia Denoya había sido absuelta. Los camaristas Georgina Depetris, Alfredo Ivaldi Artacho y Javier Beltramone revisaron las penas de los acusados y condenaron a prisión perpetua a los tres acusados del crimen de Marcos Guenchul.
Los jueces revocaron parcialmente las condenas de Caio Soso y Maximiliano Panero, quienes habían sido condenados a 20 años de prisión y la de Priscila Denoya, quien había resultado absuelta en primera instancia.
La resolución de segunda instancia fue dada a conocer en el edificio de Tribunales Provinciales de Montevideo y Balcarce. Y difirió de la consideración tenida en primera instancia por jueces Facundo Becerra, Mariano Aliau y Carlos Leiva.
El fallo de este miércoles no fue unánime. Beltramone e Ivaldi Artacho votaron por condenar a los tres acusados a prisión perpetua, mientras que Depetris opinó que Panero y Soso debían recibir una pena por homicidio simple y Denoya por amenazas coactivas.
Según explicó el fiscal Adrián Spelta, la cámara dio esas condenas porque interpretó que se trató de un "homicidio calificado porque fue en concurso premeditado. Fue organizado y premeditado por tres personas y, además, había un vínculo de pareja".
Comentarios