Portada  |  06 diciembre 2024

El PAMI cambió el trámite que tienen que hacer los jubilados para acceder a medicamentos gratis

El cambio busca que el proceso sea más ágil y permitir que los beneficiarios puedan hacerse de sus medicamentos en la farmacia de inmediato.

Información General

El PAMI comunicó a sus afiliados que necesiten conservar el 100% de los medicamentos gratuitos que ya no tendrán que descargar, completar y cargar la declaración jurada para poder ingresar al beneficio del subsidio social.

Desde ahora, los jubilados podrán dirigirse a las agencias del PAMI con su DNI y credencial de afiliado en mano teniendo o no turno.

Allí, brindarán los datos solicitados por el administrativo y, si cumplen con los requisitos pedidos, tramitarán el subsidio en el acto. El cambio busca que el proceso sea más ágil y permitir que los beneficiarios puedan hacerse de sus medicamentos en la farmacia de inmediato.

Si bien para hacer el trámite de manera presencial ya no se pide concurrir con la declaración jurada, si es obligatorio presentarse con el DNI y la Credencial. Con ello, la persona en ventanilla podrá chequear los datos en el sistema y recién ahí podrá iniciar el camino del trámite.

En caso de cumplir con los requisitos y solicitar hasta cuatro remedios, el afiliado podrá ingresar al subsidio y, directamente ir a la farmacia para retirarlos con la cobertura del 100%.

Mientras que si la solicitud es de cinco o más medicamentos, se le pedirá que complete el médico de cabecera el formulario que avale el pedido.

Cobertura al 100% de PAMI: quiénes pueden continuar

Para seguir con la cobertura hay que tener el subsidio social se deben tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Tampoco se puede estar afiliado a una prepaga, ni tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.

No se puede ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.

De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.

Fuente: NA.

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