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Cuáles son las nuevas actividades habilitadas para funcionar en Rosario

Por Telefe Rosario

Información General: Cuáles son las nuevas actividades habilitadas para funcionar en Rosario

Este lunes, el intendente Pablo Javkin anunció una serie de medidas a implementar por el municipio tras nuevas disposiciones dispuestas a nivel nacional de incorporar actividades comerciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

"Nosotros vamos a adherir, como lo está haciendo la Provincia, al decreto nacional y vamos a incorporar esas once actividades. Lo vamos a hacer aplicando en forma muy estricta los protocolos y vamos a establecer bloques horarios", sostuvo el titular del Ejecutivo local.

Las medidas anunciadas son:

- Autorizar el comercio online a través de venta telefónica, plataformas virtuales o cualquier medio que no requiera contacto, en todos los comercios minoristas de mercadería elaborada de la ciudad.

- Habilitar una plataforma virtual denominada "Vidriera en Red", desarrollada por el municipio, en la cual se pueden anotar todos los comercios de la ciudad.

- Acuerdo con el Banco Municipal y la empresa First Data (a cargo de posnet) para que las transacciones y pago se hagan de forma electrónica.

- Permitir, durante el tiempo excepcional que duren estas medidas, que taxis, remises y transportes escolares y especiales puedan hacer delivery de los productos que se compren en comercios de manera online, con una tarifa plana, que será acordada con cada comercio.

- Se está evaluando que ese mismo sistema de entrega se amplíe al rubro gastronomía, con los cuidados del caso.

- Para estos envíos, se van a establecer bloques horarios. Esta actividad será entre las 13 y las 19 horas.

- Se vuelve a habilitar el sistema de bicicletas públicas Mi bici tu bici. Será de lunes a viernes de 6 a 20 horas, para apoyar el sistema de transporte público.

Cabe destacar que las nuevas actividades habilitadas a nivel nacional son:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las provincias y los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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Aquellos negocios que quieran retomar sus funciones, deberán previamente enviar un correo electrónico a protocolocovid@santafe.gob.ar detallando el protocolo de funcionamiento covid-19 que se adecúe a la normativa provincial y aguardar la confirmación de recepción.

La atención al público será exclusivamente de manera online y las tareas de pedidos, facturación y envío se realizarán a puertas cerradas en el horario de 13 a 19.

En tanto el personal afectado a esas tareas no podrá superar el 30% de la nómina del establecimiento.

Los locales que tengan una superficie total menor a 40 metros cuadrados contarán con no más de dos personas para poder llevar a cabo las tareas de preparación y despacho de los pedidos.

Aquellos locales que se encuentren en galerías o centros comerciales deberán habilitar un único punto de ingreso donde se realizará el control de temperatura correspondiente que tiene que ser menor a 37º C., y los cadetes no podrán ingresar a estos edificios.

Los comercios deberán consignar en su declaración jurada correspondiente la forma la movilidad del personal, priorizando el uso de vehículos particulares y/o de alquiler.

Para los envíos a domicilio, el personal afectado deberá llevar puesto cubre bocas y guantes descartables. Entregará la mercadería de manera que no tenga contacto físico con el receptor de la misma y guarde distancia de al menos 1,5 metros. En el caso de que se requiera firma de quien recibe el paquete se deberá solicitar si lo puede hacer con bolígrafo propio. Se deberán promover rondas de entregas cortas, con pocos destinos. Quienes repartan los productos deberán antes de ingresar al local, lavarse las manos con abundante agua y jabón o bien utilizar alcohol en gel.

Por dudas y consultas al respecto pueden contactarse vía correo electrónico a desarrolloeconomico@rosario.gob.ar.