Portada  |  16 junio 2022

Los principales directivos de Guardati-Torti quedaron en prisión por 90 días

Juan Carlos Guardati y Ángel Torti, directores titulares de la agrofinanciera concursada, fueron imputados por el delito de "colusión" tras realizar convenios con dos acreedores para que presten conformidad respecto de la propuesta concursal de la empresa.

Información General

La Justicia dispuso la prisión preventiva efectiva por 90 días para los principales directivos de la concursada agrofinanciera Guardati-Torti SA. Los cerealistas Juan Carlos Guardati y Ángel Torti fueron imputados por el delito de "colusión" habiendo efectuado dos convenios con dos acreedores, comprometiéndose al pago del 100 por ciento de los créditos verificados y admisibles, a cambio de obtener la conformidad respecto de la propuesta concursal que hubiera sido realizada por la empresa.

En la audiencia imputativa, el fiscal Sebastian Narvaja le atribuyó a Guardati y Torti el delito de colusión, dos hechos en concurso real, en grado de consumado y en carácter de coautores. El juez Hernán Postma llevó adelante la audiencia y dispuso la prisión preventiva efectiva para ambos por el plazo de 90 días.

La Fiscalia les atribuyó dos hechos en su rol de directores titulares de la sociedad anónima denominada Guardati-Torti.

El 6 de junio de 2022 concluyeron un convenio escrito, cuyas firmas fueron certificadas el 8 de junio por una escribana, denominado “Acuerdo transaccional”, con acreedor verificado en el proceso concursal.

En dicho convenio pactaron pagarle la suma de 65 mil dólares a pagarse en 4 cuotas, en dólares billetes. En dicho acuerdo intervino un fiador personal, en garantía del cumplimiento de las obligaciones comprometidas por los imputados.

Como contraprestación, entre otras, se estableció la obligación de prestar conformidad respecto de la propuesta concursal que hubiera sido realizada por Guardati-Torti SA, que fuera presentada el 9 de mayo de este año. Que la propuesta sobre la cual se presta la mentada conformidad implica el “pago del 100 por ciento de los créditos verificados y admisibles en el plazo de 10 meses de que la misma fuere homologada judicialmente; o por cualquier otra propuesta que sea superadora de esta mencionada”.

En tanto que el 8 de junio pasado concluyeron un convenio escrito, cuyas firmas fueron certificadas el 10 de junio, denominado “Acuerdo transaccional”, con el acreedor verificado en el proceso concursal, representado por su apoderado.

En dicho convenio pactaron pagarle la suma de 7 mil dólares, pagaderos en billetes de dicha moneda, a las 24 horas de homologarse judicialmente el acuerdo judicial en el concurso preventivo de Guardati-Torti SA.

Sumado a esta reparación económica que ofrecen los querellados, el querellante, proseguirá con el cobro judicial del monto verificado en el concurso Guardati-Torti SA sobre concurso preventivo.

Como contraprestación, entre otras, se estableció la siguiente obligación de prestar conformidad respecto de la propuesta concursal que hubiera sido realizada por Guardati-Torti SA dentro de la causa que fuera presentada el 9 de mayo de 2022.

La propuesta sobre la cual se presta la mentada conformidad implica el “pago del 100 por ciento de los créditos verificados y admisibles en el plazo de 10 meses de que la misma fuere homologada judicialmente”; o por cualquier otra propuesta que sea superadora de esta mencionada.

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