Tras un desalojo, una inquilina deberá pagar más de $60 millones por destrozos en una vivienda

Una exinquilina fue condenada a pagar más de 61 millones de pesos por los destrozos ocasionados en una casa de Mar del Plata luego de un desalojo. La sentencia se basó en pericias técnicas, actas notariales y testimonios, que acreditaron que la propiedad fue devuelta en condiciones inhabitables.

 


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Información General: Tras un desalojo, una inquilina deberá pagar más de $60 millones por destrozos en una vivienda

La Justicia civil y comercial de Mar del Plata condenó a una exinquilina a indemnizar con más de $61 millones a las propietarias de una vivienda que había sido objeto de un proceso de desalojo. El fallo determinó que el inmueble fue restituido con daños severos y faltantes esenciales, lo que impedía su habitabilidad.

La causa fue iniciada por dos mujeres que heredaron la propiedad, ubicada en un barrio residencial de la ciudad. Si bien en el expediente de desalojo existía un acuerdo para la restitución del inmueble en noviembre de 2023, al tomar posesión las dueñas encontraron un escenario crítico: faltaban puertas interiores, radiadores, sanitarios, cerraduras y artefactos eléctricos, además de registrarse daños estructurales y un quincho completamente destruido, según publicó Infobae.

Al momento de la entrega, un acta notarial dejó constancia del estado de abandono y del faltante de numerosos elementos. Entre otros puntos, se consignó la ausencia de la caldera y del sistema de calefacción, la destrucción de la pérgola, daños en el sistema eléctrico y la falta de barandas, picaportes y puertas en distintos ambientes.

Ante esta situación, las propietarias iniciaron una demanda por daños y perjuicios, con un reclamo inicial en pesos y dólares que luego fue actualizado tras una pericia arquitectónica. El informe técnico concluyó que la vivienda no era funcional para ser habitada y estimó el costo de reparación y reposición en $61.427.500, monto que el juez consideró acreditado y razonable.

Durante el proceso se incorporaron testimonios de personas que trabajaron en la reparación posterior, quienes relataron que debieron reponer sanitarios, grifería, persianas y otros elementos retirados durante la ocupación. También se valoró un informe previo del expediente de desalojo que indicaba que, meses antes, la casa se encontraba en condiciones funcionales, aunque con falta de mantenimiento general.

La demandada no se presentó a ejercer su defensa, por lo que el juzgado declaró su rebeldía. Aun así, el magistrado exigió pruebas corroborantes y consideró probados los hechos expuestos por las propietarias.

El fallo se apoyó en el Código Civil y Comercial de la Nación, que establece la obligación de reparar el daño causado por la violación del deber de no dañar a otro. No obstante, el juez rechazó el reclamo por lucro cesante, al entender que la depreciación del inmueble ya quedaba cubierta con el monto asignado a la reparación, para evitar una doble indemnización.

Finalmente, la sentencia dispuso que la suma reconocida deberá abonarse en un plazo de diez días, con intereses calculados desde la fecha de desocupación. El juzgado también dejó acreditada la legitimación de las demandantes como propietarias, mediante documentación registral y sucesoria, y concluyó que los daños se produjeron durante la ocupación del inmueble.

Foto ilustrativa.