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Comienzan los controles de restricción horaria

Las personas habilitadas para circular deberán contar con una declaración jurada que se denomina “certificado de circulación”, y será la documentación que solicitarán las fuerzas de seguridad.
Por Telefe Rosario

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Información General: Comienzan los controles de restricción horaria

Autoridades de control de la municipalidad, provincia, fuerzas policiales y del Ministerio Público de la Acusación se reunieron en gobernación para ajustar protocolos y controles ante las nuevas restricciones y la gran cantidad de fiestas clandestinas que se vienen llevando a cabo.

El intendente Pablo Javkin recalcó la importancia de lograr una buena coordinación que permita tener el mejor control posible sobre la situación

El Jefe de la Unidad Regional 2 y Director de Policía, Adrián Forni, se refirió a cómo van a hacer estos controles, qué elementos se le va a pedir a aquellas personas que estén circulando, qué requisitos van a tener que tener para poder circular o no, entre otros requerimientos.

Hoy rige un decreto provincial que apunta a la previsión nocturna de circulación vehicular. La provincia de Santa Fe está combatiendo el covid 19 a través de dos frentes; el aislamiento social obligatorio preventivo que es para aquellas personas que tienen un contagio directo de coronavirus o sospecha de infección, y el distanciamiento preventivo social obligatorio que sería para casos de intervención de fuerzas de seguridad a través de órdenes del Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe.

Existen tres grupos:
- Las actividades esenciales
- Las actividades no esenciales
- Las actividades personales

Es decir que, para circular, las personas deberán contar con una declaración jurada que se denomina “certificado de circulación”, y será la documentación que solicitarán las fuerzas de seguridad a los choferes de los vehículos cuando sean identificados, a partir del día de la fecha. La disposición rige de lunes a viernes de 0.30 a 6.00 hs y durante los fines de semana o feriados, desde la 1.30 hasta las 6.00 hs.

El certificado de circulación será requerido a aquellas personas que:

- Estén dentro de las actividades esenciales, médicos y policías también tienen que tenerlo

- Están dentro de actividades no esenciales (actividades económicas necesarias), es decir aquellas empresas que habilitan a sus empleados a través de una declaración jurada a circular en horarios que son de restricción para una persona común.

- Para actividades personales puede suceder que una persona tenga un familiar de tutela a cargo por enfermedad o alguna situación personal que también, se baja en la aplicación que es una declaración jurada pero que tiene duración solamente de 24 horas. Estas son las declaraciones juradas que la Policía le pedirá a las personas al momento de ser identificadas en horarios de restricción.

Para el caso que aquellas personas desobedezcan, con resistencia a la autoridad, se imputa también el artículo 239 y por consiguiente se da intervención a una Fiscalía de fragancia que coordina y articula que fiscal va a intervenir para aquellos casos en que se tengan que imputar dichos artículos.

A las personas que incumplan con estos controles y normativas, se les podrá secuestrar el vehículo que irá al corralón, y a la persona se la identifica con el artículo 205 y si la persona se resiste el artículo 239 también y que implica una sanción de seis meses a dos años de prisión para aquellos que desobedecen la normativa que estableció en este caso por el Ejecutivo.

El certificado se puede presentar de las dos maneras, bajándolo en el celular o de manera impresa entrando en la página oficial www.argentina.gob.ar