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Entre Ríos: el Estado deberá indemnizar a una mujer por negarle un aborto no punible

El un ateneo interdisciplinario se había decidido interrumpir el embarazo. Pero una semana después, un médico que tenía una militancia en contra de los abortos legales, amenazó a sus colegas con denunciarlos si practicaban la intervención.
Por Telefe Rosario

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Información General: Entre Ríos: el Estado deberá indemnizar a una mujer por negarle un aborto no punible

La Justicia ordenó al Estado de Entre Ríos indemnizar a una mujer a la que se le negó un aborto legal en el 2011.

En el fallo, histórico e inédito en el país, los jueces consideraron que a la mujer se le impidió acceder a un derecho básico ya que, según el artículo 86 del Código Penal, el aborto es legal si una mujer embarazada fue violada o su salud o su vida corren peligro.

En este caso puntual, la mujer de 36 años sufría una patología cardíaca congénita, que le ocasionaba un cuadro de deficiencia de oxígeno crónica y su estado se agravó cuando quedó embarazada.

La mujer, ya había acudido previamente en varias oportunidades al sistema público entrerriano: para atender su patología en 2003; luego para que se le practique una ligadura de trompas de Falopio en 2005 tras haber tenido cinco abortos espontáneos, y finalmente, para la interrupción de un embarazo por razones médicas. Ninguna de las tres veces el Estado respondió a las peticiones.

El 4 de agosto de 2011, en un ateneo interdisciplinario en Paraná se decidió interrumpir el embarazo. Pero una semana después, cuando se le iba a realizar la intervención en el Hospital San Martín, el médico cardiólogo César Pazo, que no trabajaba en ese hospital y que tenía una militancia en contra de los abortos legales, amenazó a sus colegas con denunciarlos si le practicaban el aborto.

Ante las amenazas, la intervención se suspendió, la mujer debió continuar adelante con el embarazo y en noviembre nació la bebé por cesárea, en el Hospital Posadas del conurbano bonaerense. Una semana después, sufrió un accidente cerebrovascular y quedó con una parálisis en la parte izquierda del cuerpo.

Con el paso del tiempo, la mujer pudo recuperar la movilidad con tratamientos de rehabilitación y demandó al Estado provincial. Finalmente, la Justicia ordenó una reparación económica por los daños causados, ya que consideraron que fueron consecuencia directa de haberle negado la intervención en el momento oportuno.

En su fallo, el juez Martín Furmann confirmó la relación entre el ACV y el hecho de no haber interrumpido el embarazo. “Lo concreto y no controvertido es que el embarazo continuó y que la actora sufrió el ACV en el séptimo día post cesárea, y estando todavía internada. No lo sufrió antes de estar embarazada ni tampoco un año después del parto, sino, insisto, siete días después”, explicó.