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Es oficial: El Gobierno promulgó la ley de movilidad jubilatoria
El Gobierno promulgó este lunes la nueva ley de movilidad jubilatoria, aprobada por el Congreso el martes pasado.
De esta manera, la ley 27.609, que introduce un nuevo índice de actualización para los haberes previsionales, fue promulgada a través del decreto 1/2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La fórmula aprobada por el Congreso prevé que el ajuste se haga en un 50% por la variación de los salarios calculada por el INDEC o por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) evaluada por Seguridad Social, según cuál de estos índices sea el mejor. En tanto, el otro 50% se proyectará por la variación de los recursos totales por beneficio de la ANSES.
La actualización según se estableció se realizará en los haberes correspondientes a marzo, junio, septiembre y diciembre. Así, la primera actualización según los términos de la nueva ley se hará efectiva a partir del 1° de marzo.
Para el caso del último mes del año la fórmula será un poco más compleja. Se compararán la suba de haberes del cuarto trimestre con la recaudación total interanual de la ANSES, menos los incrementos de los tres trimestres anteriores. De estos resultados, se elegirá el porcentaje menor.
La normativa faculta al Ministerio de Trabajo, al Ministerio de Economía y a la ANSES a dictar "las normas aclaratorias y complementarias" necesarias.