En una sentencia calificada como histórica y sin precedentes a nivel nacional, la Justicia argentina otorgó una autorización amplia a una madre para que pueda salir del país con su hija menor de edad sin necesidad de contar con la firma o el consentimiento del padre. El fallo, dictado el pasado 21 de abril, establece que la menor podrá viajar por todo el mundo con fines turísticos o familiares hasta que cumpla los 18 años, rompiendo con la obligatoriedad de la venia compartida.
La causa judicial se originó tras un episodio traumático en enero de este año. La mujer, quien se hace cargo de forma exclusiva de la contención y el sostén económico de la niña, contaba con un permiso firmado en 2024.
Sin embargo, al llegar al Aeropuerto Internacional de Ezeiza para viajar a Brasil, las oficinas de Migraciones le informaron que el progenitor había revocado la autorización de manera unilateral mediante un trámite administrativo y sin aviso previo.
Ante este hecho, el abogado de familia Lionel Dvoretz planteó una demanda para evitar que futuros traslados dependan de la voluntad arbitraria de un padre ausente en la crianza. En su resolución, la Dra. Sansarricq aplicó una perspectiva de género y priorizó el interés superior de la niña al decidir invertir la carga procesal.
Esto significa que la madre ya no debe solicitar venias judiciales puntuales. Ahora, si el progenitor desea oponerse a una salida, será él quien deba iniciar un trámite judicial, contratar un abogado y probar los motivos de su negativa ante el juzgado.
Pese a la amplitud del fallo, la sentencia impone condiciones de transparencia: la madre deberá notificar al padre por un medio fehaciente cada vez que decida viajar. Asimismo, se aclaró que el permiso es para fines recreativos o familiares, y no habilita la radicación de la menor en otro país. Para dictar esta medida, el tribunal consideró acreditado el arraigo local de la niña en Argentina debido a su escolaridad y vínculos familiares.