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A 26 años de la Reforma Constitucional del 94, debates y pendientes
La reforma de la Constitución Nacional, este 24 de agosto, cumple 26 años desde su jura en el Palacio San José en Entre Ríos, luego de su sanción en Santa Fe el 22 de agosto de 1994. La mayor reforma que se le hizo a la Carta Magna desde 1853 tuvo en el Paraninfo de la UNL el lugar central de deliberación de la Convención.
Fueron 305 convencionales constituyentes, en 19 bloques, quienes debatieron durante 90 días, en Santa Fe y Paraná, las reformas necesarias para adecuar el texto constitucional a la realidad del país y del mundo.
Entre las principales normas incluidas en la reforma de 1994 figuran la decisión clave de acortar el período presidencial de seis a cuatro años, permitiendo la reelección por un solo período, el establecimiento del sistema de voto directo con balotaje para la elección presidencial, la elección directa del jefe del Gobierno porteño, así como la ampliación de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
También contempló la creación de nuevos órganos constitucionales como el Consejo de la Magistratura para designar a los jueces federales, la figura del Jefe de Gabinete, la incorporación de un tercer senador para la minoría, la regulación de los decretos de necesidad y urgencia, así como la creación de la Auditoría General de la Nación para controlar al Poder Ejecutivo, entre otras medidas.
Nuevos derechos
En la lista de nuevos derechos se incluyeron el de usuarios y consumidores, el medio ambiente sano, el amparo, el habeas corpus, el habeas data y el secreto de las fuentes periodísticas, entre otros.
Otros puntos apuntaron a mecanismos de democracia semidirecta, como la consulta y la iniciativa popular. Y al equilibrio de poderes, entre ellas la del defensor del Pueblo, el auditor general de la Nación, el Ministerio Público, la regionalización y las autonomías municipales.
“La reforma de 1994 puso en el debate los temas trascendentes sufridos por los golpes de Estado y los efectos sufridos en la transición democrática que comienza en 1983, de la salida de una cruenta dictadura con desaparecidos, encarcelados privados de su libertad, apropiación de niños y niñas a quienes se les sustituyó su identidad, de ejecuciones y de delitos de lesa humanidad, que habían encontrado en el juicio a las juntas militares un nuevo capítulo, debía introducirse para reforzar el camino democrático.
La ley de defensa de la democracia surgida en los albores del gobierno de iure no alcanzaba, y se incorpora un nuevo artículo, el 36 del texto actual que señala 'la constitución no se suspende', que 'mantiene su vigencia', y que los actos que se dicten por quienes asuman el poder de manera distinta a la que establece la carta magna, serán insanablemente nulos, estableciendo la traición a la patria como pena y la imprescriptibilidad de las acciones civiles y penales, además incorpora el enriquecimiento ilícito contra el Estado por delito doloso”, explica Roberto Vicente, docente de Derecho Constitucional de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, y director del Programa de Derechos Humanos de la UNL.
Y agrega que “los Tratados Internacionales fueron la frutilla del postre a la luz de la internacionalización de los derechos humanos y la incidencia que estos tendrían en el ingreso al sistema jurídico por el cambio trascendente que establece el constituyente con relación a la jerarquía de estos, para evitar el retardamiento de su aplicación”.
¿Qué dejo pendiente la Reforma del 94?
“Los partidos políticos que se constitucionalizaron con el objeto de su fortalecimiento y mejorar el sistema democrático con su propia democratización, con la formación de cuadros y la participación igualitaria de la mujer.
Hay un avance hacia la perspectiva de género gracias al empoderamiento de ellas, que ha ido logrando consensos para entender que el cupo cumplió una etapa, que era transitorio y que la igualdad real debe lograrse en una sociedad igualitaria y justa que debe reflejarse en estos auxiliares del Estado, que requerían de escuelas de formación que en la mayoría de los partidos no ha ocurrido”, lista Vicente entre los pendientes.
Para Mariela Uberti, “el principal debate que debe dar la sociedad hoy es ampliar el horizonte de la clásica democracia representativa (artículo 22), que limita a la participación ciudadana través del proceso electoral bianual en el orden nacional, o los escasos procedimientos de la democracia semidirecta, (artículos 39 y 40) hacia una democracia deliberativa, de mayor discusión, diálogo, consensos”.
Argumenta que “el siglo XXI demanda bastante más que el cumplimiento de las reglas de mayorías y minorías, hay que reconstruir el entramado social en donde prime el respeto por el otro, que la educación pública sea una actividad esencial y un pilar prioritario de las políticas públicas, la cultura del trabajo como fuente de productividad, la inserción en los mercados internacionales de manera competitiva como la participación activa del país en el concierto de las naciones”.
“Otro aspecto relevante es el fortalecimiento de los pilares de una República en la que el equilibrio de funciones del Estado no se declame, en particular, en situaciones de crisis o emergencias --como ésta por la que transitamos desde hace más de 150 días a causa del COVID-19-- en las que claramente las funciones del Poder Judicial no se perciben, como tampoco se vislumbra que el Congreso como máximo órgano del control de un Ejecutivo fuerte como el nuestro, despliegue toda su potencialidad para garantizar las diferentes voces de un país. En suma, menos mezquindad política para alcanzar mayor grandeza del país para todos”, expresa Mariela Uberti.