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¡Adiós puente!: Por decreto, se modificó el esquema de feriados para el 2017
El Decreto 52/2017 precisa que los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.
Los días lunes que resulten feriados gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales.
Se exceptúan los feriados nacionales correspondientes al 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 9 de Julio, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.
El calendario definitivo de feriados para este 2017 será el siguiente:
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Fecha |
Día |
Conmemoración/Evento |
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1 de enero |
domingo (inamovible) |
Año Nuevo |
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27 y 28 de febrero |
lunes y martes (inamovible) |
Carnaval |
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24 de marzo |
lunes 27 |
Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
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2 de abril |
domingo |
Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
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13 de abril |
jueves (día no laborable) |
Jueves Santo |
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14 de abril |
viernes (inamovible) |
Viernes Santo |
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1 de mayo |
lunes (inamovible) |
Día del Trabajador |
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25 de mayo |
jueves (inamovible) |
Día de la Revolución de Mayo |
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17 de junio |
sábado |
Paso a la Inmortalidad del Gral. M Martín Güemes |
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20 de junio |
lunes 19 |
Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano |
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9 de julio |
domingo (inamovible) |
Día de la Independencia |
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17 de agosto |
lunes 21 |
Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín |
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12 de octubre |
lunes 16 |
Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
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20 de noviembre |
lunes |
Día de la Soberanía Nacional |
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8 de diciembre |
viernes |
Inmaculada Concepción de María |
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25 de diciembre |
lunes |
Navidad |
El Decreto lleva la firma del presidente Mauricio Macri, en acuerdo de ministros y comenzará a regir este martes.
23/01/2017