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Desde este jueves comienza a regir la nueva reglamentación para el Monotributo
El Director de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, anunció que publicarán este jueves en el Boletín Oficial la nueva reglamentación del Monotributo, que entre otras medidas, incorporará 150.000 nuevos contribuyentes que se sumarán a los más de 3 millones alcanzados por este impuesto.
El funcionario explicó que se incorporó una nueva categoría, la "A", para quienes facturen hasta 84.000 pesos anuales, quienes deberán pagar 787 pesos por mes como aporte a la obra social y a la jubilación.
Además "se permitirá el reingreso de los sujetos excluídos de oficio, o autoexcluídos durante el 2016, quienes no deberán esperar tres años, como era hasta ahora", dijo Abad.
La nueva tabla del Monotributo, que ya está subida a la página de la AFIP, se aplicará de parámetro para la primera recategorización de este año.
A partir del 10 de enero próximo, ya estará habilitada la página de Internet de la AFIP para realizar este y otros trámites, ya que el organismo se tomó estos días para adecuar los sistemas a los nuevos valores y normativa.
Entre otras medidas, se modificaron los valores de los dos componentes del Monotributo incrementado un 75% el Impuesto Integrado en toda la tabla, mientras que el Aporte Previsional comienza en 300 pesos, y aumenta un 10% respecto a la categoría inmediata anterior, para hacer progresivo este parámetro.
El aporte a la obra social se mantendrá en los 419 pesos mensuales, informó la AFIP.
El monotributista deberá confirmar esta recategorización "de oficio" hasta el 30 de abril, descargando su nueva credencial, que le servirá para el pago mensual.
Para el pago de enero y febrero, podrán utilizarse la credencial de pago vigente hasta el 2016. Quienes realizan los pagos por medios electrónicos, como VEP, Home Banking, o débitos automáticos, lo abonarán con los nuevos valores.
Los monotributistas que paguen con los valores vigentes hasta el 2016 tendrán hasta el 31 de mayo para abonar la diferencia, sin pagar intereses, ingresando a la página de la AFIP, siempre a partir del 10 de enero, con su número de CUIT, donde podrá calcular el monto a pagar y generar los formularios correspondientes.
También a partir de esa fecha podrán adherirse al Régimen Simplificado de Monotributo quienes estén interesados, sin ningún tipo de inconveniente.
De esta manera, el límite anual de facturación para los servicios será de 700.000 pesos y para la venta de bienes 1.050.000 pesos.
(Fuente: Télam)
04/01/2017