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La Justicia ordenó al IAPOS reconocer un tratamiento de fertilidad a una mujer de 49 años

"La obra social no puede disponer hasta qué edad, de manera arbitraria, cubre o no un tratamiento2, manifestó la abogada que la representó.
Por Telefe Rosario

La Justicia ordenó al IAPOS reconocer un tratamiento de fertilidad a una mujer de 49 años | Información General
Información General: La Justicia ordenó al IAPOS reconocer un tratamiento de fertilidad a una mujer de 49 años

La Justicia ordenó a la obra social de los empleados públicos santafesinos que de cobertura a un tratamiento de alta complejidad en fertilidad para una mujer de 49 años.

"Los reglamentos de la obra social no permitían la cobertura a pesar de lo que establece el criterio del médico", señaló la abogada de la mujer, Carina Mazzeo.

"La única manera de obtener cobertura era a través de un amparo judicial. El límite de la edad lo fijan el médico y la paciente en base a un criterio de razonabilidad médica. Si el médico encuentra a la paciente apta y sana, le indica el tratamiento y la paciente lo acepta, queda en la órbita de esa relación médico-paciente y en la autonomía de voluntad de la paciente", detalló la letrada en comunicación con radio LT8.

"La obra social no puede disponer hasta qué edad, de manera arbitraria, cubre o no un tratamiento. Como no hay una limitación por ley, sí hay una disposición que elaboraron los centros de fertilización a nivel nacional y han puesto un límite, que no es obligatorio que lo cumplan. Han puesto un límite como para decir hasta acá llegamos. En nuestro país no hay casos de mujeres muy añosas que han tenido hijos; sin embargo se han conocido casos en otras partes del mundo de mujeres que han sido madre a los 60 años. Aquí hay un límite bioético y también hay un límite que marca la razonabilidad médica", expresó Mazzeo.

15/09/2017