Política y Economía
Reforma laboral: el Gobierno avanza con un nuevo borrador y define los cambios propuestos
El Gobierno avanza con un nuevo borrador de la reforma laboral que introduce cambios en vacaciones, jornada, indemnizaciones, beneficios sociales y regulaciones para el trabajo en plataformas. El texto, que circula entre distintas áreas del Estado, forma parte del proyecto de modernización que el oficialismo busca aprobar.
La reforma laboral que impulsa el Gobierno, con apoyo de sectores empresariales, continúa avanzando en distintos organismos del Estado en medio de negociaciones, ajustes y discusiones internas. En las últimas horas comenzó a circular un nuevo borrador que resume los ejes centrales del proyecto de modernización que el oficialismo busca convertir en ley.
El texto propone modificaciones amplias: incorpora regulaciones para regímenes especiales, introduce cambios en los procedimientos judiciales y redefine aspectos clave del derecho laboral, como el régimen de vacaciones, los beneficios sociales, las licencias por enfermedad y el sistema de indemnizaciones. También suma un capítulo dedicado al trabajo en plataformas digitales.
Vacaciones
El documento mantiene el derecho a vacaciones anuales pagas, tal como dispone la Ley de Contrato de Trabajo, pero abre la posibilidad de que empleadores y trabajadores acuerden ampliar el período, ya sea mediante pactos individuales o colectivos, siempre respetando los mínimos vigentes.
Según el borrador, las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, y el empleador deberá comunicar la fecha de inicio con al menos 45 días de anticipación. Asimismo, se habilita la acumulación de días en casos excepcionales —con autorización de la autoridad competente— y se permite el fraccionamiento del período.
Banco de horas
En lo relativo a la jornada laboral, se incorpora la figura del banco de horas, junto con la posibilidad de compensar horas extras de forma voluntaria y mediante acuerdos individuales por escrito. Este mecanismo permitirá distribuir las horas trabajadas de modo flexible, sin superar los límites legales establecidos.
Indemnizaciones y despidos
El borrador habilita que la indemnización tradicional pueda sustituirse por un fondo o sistema de cese laboral, incluso administrado por el propio empleador. El cálculo contempla el salario básico, las sumas habituales, la antigüedad y otros conceptos remunerativos ordinarios, excluyendo pagos extraordinarios como premios o gratificaciones.
Para los despidos con causa, se establece la notificación electrónica y se garantiza el acceso a la defensa en sede administrativa y judicial. Además, el texto detalla beneficios sociales no remunerativos —como comedores, reintegros médicos, guardería, útiles, capacitación y sepelio— y permite sumar otros componentes retributivos mediante negociación colectiva o decisión unilateral del empleador.
Accidentes y enfermedades
El proyecto habilita el uso de certificados médicos digitales, prevé evaluaciones por juntas médicas y fija pautas para la reinstalación o la finalización del vínculo laboral con diferentes esquemas indemnizatorios.
Reincorporación
En caso de que la Justicia considere ilegítimo un despido, se fortalece el derecho del trabajador a reincorporarse o, si lo prefiere, a cobrar la indemnización correspondiente. Si opta por volver al puesto, la empresa deberá regularizar la relación y abonar los salarios caídos.
También se contemplan reglas para situaciones de incapacidad definitiva. Si el empleado no puede retomar sus tareas habituales, el empleador deberá asignarle funciones compatibles; si esto no fuera posible por razones ajenas a la empresa, el contrato se dará por terminado con la indemnización prevista en el artículo 247. En cambio, si el empleador no asigna tareas pudiendo hacerlo, corresponderá la indemnización del artículo 245.
Con información de Infobae y NA.