En una resolución que marca un precedente histórico en la provincia de Santa Fe, la jueza de Familia de la 11ª Nominación, Andrea Brunetti, ordenó a la Empresa Provincial de la Energía (EPE) incluir el monto de la cuota alimentaria en la boleta de consumo eléctrico de un deudor recurrente. La medida busca romper la inercia de un padre que, pese a las sanciones previas, se mantenía en situación de rebeldía.
El caso surgió luego de que los asesores letrados de la madre de la menor agotaran las vías convencionales. Ni la suspensión de la licencia de conducir ni otras restricciones previas lograron que el demandado cumpliera con sus obligaciones. Ante este escenario, la Justicia optó por una medida "no tradicional" pero efectiva: ligar el pago de los alimentos al mantenimiento de un servicio esencial.
"Creatividad ante el incumplimiento"
La magistrada Brunetti fue clara al fundamentar su decisión, basándose en la necesidad de proteger el interés superior del niño por sobre los derechos de los adultos. En declaraciones a Telefe Rosario, la jueza explicó el espíritu de la sentencia: “Como sentencia es inédita en la provincia de Santa Fe y hay antecedentes en otras provincias. En verdad, son medidas que prevé la norma legal para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria”.
Para Brunetti, este tipo de resoluciones surgen cuando las herramientas habituales se vuelven estériles. “Hay más creatividad a la hora de proponer estos cumplimientos, después de no encontrar respuesta a través de las formas más tradicionales”, señaló, subrayando que estas acciones “tienen como objeto compeler al deudor alimentario al pago de la cuota”.

¿Cómo se implementará?
La orden judicial ya se encuentra firme y ha sido comunicada a la prestataria estatal mediante un oficio. El medidor en cuestión está vinculado directamente al domicilio y a la identidad del demandado.
Al respecto, la jueza aclaró los pasos a seguir: “A la EPE le comunicamos la orden judicial para que nos informe cómo la instrumenta. Es una carga que se impone en este caso a la empresa, que sabrá qué medidas adoptar y tiene la obligación de retener para cumplir una orden judicial”.

El interés superior del niño como norte
La resolución recuerda que el derecho de alimentos es un derecho humano fundamental. Al agotarse las instancias de embargos o allanamientos, la justicia santafesina comienza a explorar límites más estrictos para garantizar la subsistencia de los menores.
La EPE ahora tiene la responsabilidad de informar la ingeniería técnica para que, en la próxima facturación, el rubro "cuota alimentaria" aparezca junto al consumo de kilovatios, dejando al deudor ante una disyuntiva: pagar los alimentos o quedarse a oscuras.