Rosario y la región

Triplicaron las multas para quienes dañen el arbolado público

Por iniciativa de Fernanda Gigliani, el Concejo también incorporó el concepto de daño ambiental al Código de Convivencia
Por Telefe Rosario

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Rosario y la región: Triplicaron las multas para quienes dañen el arbolado público

Rosario triplicará las multas a quienes causen daños en el arbolado público. El proyecto presentado por Fernanda Gigliani y aprobado en el Concejo incorpora dos acciones frecuentes que generen daños en el arbolado público de Rosario. Estas acciones están mencionadas en la Ordenanza de Protección del Arbolado Público 5118, como así también por el propio Código de Convivencia, pero no cuentan con una tipificación específica que permita graduar las penalidades económicas en función del tamaño del ejemplar y del daño producido.

La actual Ordenanza de Protección del Arbolado Público define las conductas que van a ser sancionadas respecto a cada ejemplar. Castiga cortes, despuntes, podas aéreas, talas, daños que impidan su recuperación (incisión anular, aplicación de sustancias tóxicas, etcétera). El proyecto de Gigliani busca mejorar lo que fija al respecto el Código de Convivencia aprobado por el cuerpo legislativo local y establecer un porcentaje de daño cuando se realice una incisión anular, anillado, estrangulamiento y/o descortezado del tronco principal de un ejemplar arbóreo. En idéntico sentido, propone porcentajes de daños sobre la aplicación de sustancias con efecto herbicida, ya sea por inyección, rociado o riego.

Hasta aquí, la normativa vigente ya hacía referencia a estas conductas pero al no poseer una tipificación específica sólo podía sancionarse con el artículo genérico del Código que propone una escala de penalidad fija que va desde las 75 a 375 UF (Unidades Fijas), siendo la pena máxima de $75.000. Sin embargo, estas conductas son muy frecuentes y causan un gran daño al ejemplar, deteriorando el patrimonio ambiental público y poniendo en riesgo a las personas al colocar a ejemplares en estado moribundo.


Por otra parte, busca instalar la figura de la reparación del daño ambiental, que sin perjuicio de la sanción monetaria, la persona que comete un daño debe responder por tal reparación. El texto habilita duplicar las sanciones económicas actuales en caso de la tala o extracción de un árbol no autorizada con motivo de la realización de una obra civil o una obra edilicia particular. De este modo se propone triplicar el mínimo y cuadruplicar el máximo (hoy sólo se duplica) de la escala la multa en caso de que la tala o extracción del árbol se realice sin autorización con motivo de la construcción de un edificio, multas que pueden llegar hasta 1,7 millón de pesos.